La ejecución de la conducta
punible supone la existencia de dos sujetos, a saber, un sujeto activo y otro
pasivo.
1.
SUJETO ACTIVO: Las personas que cometen los
“Delitos Informáticos” son aquellas que poseen ciertas características que no
presentan el denominador común de los delincuentes, esto es, los sujetos
activos tienen habilidades para el manejo de los sistemas informáticos y
generalmente por su situación laboral se encuentran en lugares estratégicos
donde se maneja información de carácter sensible, o bien son hábiles en el uso
de los sistemas informatizados, aun cuando, en muchos de los casos, no
desarrollen actividades laborales que faciliten la comisión de este tipo de
delitos.
Son personas listas, decididas, motivadas y dispuestas a
aceptar un reto tecnológico, las personas que cometen los “delitos
informáticos”, estudiosos en la materia los han catalogado como “delitos de
cuello blanco”.
2. SUJETO PASIVO: El sujeto
pasivo es la persona titular del bien jurídico que el legislador protege y
sobre la cual recae la actividad típica del sujeto activo. En primer término
tenemos que distinguir que sujeto pasivo o víctima del delito es el ente sobre
el cual recae la conducta de acción u omisión que realiza el sujeto activo, y
en el caso de los “delitos informáticos” las víctimas pueden ser individuos,
instituciones crediticias, gobiernos, etcétera que usan sistemas automatizados
de información, generalmente conectados a otros.
las labores de perito informatico pueden ayudar a resolver estos tipos de crimenes hoy en dia la mayoria de los atentados son ciberneticos pero la policia y los juicios cuentan con herramientas para solucionarlo
ResponderEliminar